Nacional

Cárcel hasta por 15 años a quien bloquee señal de celulares

Se sancionará a quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte, use u opere equipos que bloqueen, cancelen o anulen señales de telefonía celular, radiocomunicación o transmisión de datos o imagen

Agencias

miércoles, 23 octubre 2019 | 22:38

Ciudad de México.- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó sancionar hasta con 15 años de cárcel a quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte, use u opere equipos que bloqueen, cancelen o anulen señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen.

El dictamen, que fue avalado por unanimidad y alcanzó 399 votos a favor y fue remitido al Senado, determina que la pena aumentará hasta 18 años de prisión cuando este delito fuera cometido por servidores públicos, y sin autorización expresa escrita debidamente acreditada por su superior inmediato.

Este dictamen adiciona los artículos 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y el 168 Ter al Código Penal Federal, también plantea que los equipos a que se hace referencia sean asegurados y posteriormente destruidos en su totalidad.

Se precisa la excepción de su uso y operación, por parte de las autoridades encargadas de los centros de reinserción social, establecimientos penitenciarios o centros de internamiento para menores, así como de las instancias de seguridad pública federales.

En los artículos transitorios se destaca que los particulares que posean aparatos o equipos que sirvan para bloquear, cancelar o anular las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen deberán entregarlos a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, destruir, o en su caso, excluir del país, en un plazo de 30 días a partir de la entrada en vigor del decreto.

Transparencia

También, el pleno de San Lázaro aprobó con 413 votos, el dictamen que reforma la fracción II del artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para establecer la obligación de los Poderes Judiciales Federal y de las entidades, a poner a disposición del público y actualizar las versiones públicas del texto íntegro de todas sus sentencias.

El documento canalizado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, menciona que actualmente, no se puede evaluar la impartición de justicia ni la pertinencia de la carrera de jueces y juezas, por ello, se necesitan sentencias públicas “para romper con las prácticas de nepotismo, amiguismo, los pactos para los puestos. Ya se ha documentado sobre familias judiciales. Hace falta transparencia para evaluar los procesos del escalafón judicial”.

Si las sentencias no se hacen públicas, añade, no se conocerán las prácticas discriminatorias y estereotipadas de algunos jueces, que afectan sobre todo a las mujeres. Si sólo se conocen las que por alguna razón se vuelven mediáticas, no se pueden denunciar para que éstas no se repliquen. Tampoco, se puede monitorear la labor de jueces y juezas si están en la opacidad sus sentencias.

Fuente: www.elimparcial.com